Uno de los principales retos que deben asumir en estos momentos las administraciones hidráulicas y ambientales de todos los países y regiones europeas es la implantación de la Directiva 2000/60/CE, comúnmente denominada como Directiva Marco del Agua (DMA). Este Documento, que amplía el concepto de calidad de agua, introduciendo en él la recuperación y conservación de los ecosistemas asociados, ha sido recientemente transpuesto a la Ley de Aguas española.

La Directiva Marco del Agua, además de fijar como objetivo el buen estado ecológico de todas las masas de agua (ríos, estuarios, costas y acuíferos), incide en otros dos aspectos fundamentales: la participación social en los procesos de decisión y el análisis económico de los usos y servicios del agua.

DIRECTIVA 2000/60/CE DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO

La Directiva Marco relativa al Agua (DMA) extiende el campo de la protección acuática a todas las aguas: establece el objetivo claro de que en el año 2015 debe conseguirse un “buen estado ecológico” para todas las aguas europeas y el uso sostenible del agua. La nueva Directiva representa un planteamiento ambicioso e innovador, con vistas a la gestión del agua. Los elementos principales de la legislación incluyen:

  • La protección de todas las aguas - ríos, lagos, aguas costeras y aguas freáticas
  • El establecimiento de objetivos ambiciosos con el fin de asegurar que todas las aguas se encuentren en “buen estado ecológico” en el año 2015
  • La necesidad de establecer una cooperación transfronteriza entre países, y también de todas las partes implicadas
  • Asegurar la participación activa de todos los interesados, incluidas ONG y comunidades locales, en todas las actividades de gestión del agua
  • Contar con políticas de fijación de precios del agua y garantizar que el que contamine pague
  • Buscar un equilibrio entre los intereses del medio ambiente y los que dependen de él
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